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Prórroga para la presentación de los Libros Electrónicos 2017

Prórroga para la presentación de los Libros Electrónicos 2017

Prórroga para la presentación de los Libros Electrónicos 2017

La Resolución Superintendencia 100-2017, establece facilidades excepcionales para los deudores tributarios en las zonas declaradas en estado de emergencia.

Las facilidades excepcionales abarcan las declaraciones anuales, declaración predios, libros electrónicos y declaraciones informativas.

Están exceptuados de este beneficio los contribuyentes que pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales.

Cronograma Libros Electrónicos 2017

Recordemos que en el caso del cronograma de libros electrónicos 2017, tenemos los cronogramas Tipo A y Tipo B.

Tipo A

Lo utilizaran los contribuyentes que vienen presentado los libros electrónicos desde ejercicios pasados.

Adicionalmente también lo usaran los contribuyentes que se afilien voluntariamente a los libros electrónicos.

Tipo B

Este cronograma lo utilizaran los contribuyentes obligados a presentar los libros electrónicos para el ejercicio 2017.

Nuevo Cronograma PLE 2017

La prorroga para la presentación de los libros electrónicos 2017 dependerá del tipo de cronograma que estés obligado a llevar.

Cronograma Libros Electrónicos Tipo A

Las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos de los meses de marzo a junio del 2017 se prorrogan de acuerdo a lo dispuesto en el anexo III.

Cronograma Libros Electrónicos Tipo B

Las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos de los meses de enero a junio del 2017 se prorrogan de acuerdo a lo dispuesto en el anexo III.

En ambos casos utilizaremos el cronograma mencionado en el anexo III de la Resolución Superintendencia 100-2017.

¿Cuál es la diferencia entre los cronogramas de vencimientos?

 

La diferencia es que la prorroga para los contribuyentes que utilizan el cronograma Tipo A, abarcan los periodos Marzo a Junio 2017.

Mientras la prorroga para los contribuyentes que utilizan el cronograma Tipo B, abarcan los periodos Enero a Junio 2017.

Preguntas Frecuentes Libros Electrónicos 2017

¿Esta prorroga abarca a todos los contribuyentes?

No, solo a los contribuyentes cuyo domicilio fiscal este situado en una zona declarada en emergencia.

Para tal efecto se consideran las zonas declaradas en emergencia mediante los decretos supremos publicados desde el 1 de enero hasta el 7 de abril de de 2017.

¿La prorroga aplica para el Libro de Inventario y Balances?

No, en general la prorroga no aplica para el anexo 6.

¿por qué?

Porque los contribuyentes obligados a llevar el anexo 6 pertenecen a la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes.

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 076-2017/SUNAT fueron excluidos de la prorroga ante desastres naturales.

Perdida de libros electrónicos 2017

Un huayco arraso la empresa y se perdieron los libros electrónicos ¿Qué se puede hacer?

Lo que tendrías que hacer es rehacer tus libros electrónicos y obtener:

  • Archivos txt
  • Constancia de Anotaciones

Tener presente el procedimiento que debes realizar ante la perdida de tus libros electrónicos:

Los deudores tributarios que hubieran sufrido la pérdida los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, deberán comunicar tales hechos a la SUNAT dentro del plazo de quince (15) días hábiles de ocurrido el hecho.

Luego de comunicar, tienen un plazo de 60 días calendarios para rehacer los libros contables.

La Resolución Superintendencia 100-2017, adiciona 30 días calendarios al plazo para rehacer los libros contables, siempre que:

La perdida o destrucción de dichos libros y registros se hubiera producido o se produzca desde la fecha de publicación de la zona de emergencia del domicilio fiscal del contribuyente.

En conclusión el contribuyente tendrá 90 días calendarios para rehacer sus libros electrónicos.

 

Fuente Noticiero Contable

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